Comunicados CEM

Anuncios de la Cooperativa Eléctrica de Monte Ltda.

Segmentación Energética


Sr asociado:

Tenemos el agrado de informarle que:
En el marco de la segmentación tarifaria establecida por el Estado Nacional, del total de usuarios de las categorías residenciales (8291 usuarios), solamente 4052 usuarios (48,87%) se registraron en el RASE -Registro de Acceso Subsidio a la Energía- solicitando mantener el subsidio al servicio de energía eléctrica. Los restantes 4239 usuarios (51.13%) no realizaron el trámite.

El resultado de la categorización del total de usuarios residenciales quedó conformada de la siguiente manera: categorizados en N2 (Ingresos bajos) 3511 usuarios (42,35%) y categorizadas en N3 (Ingresos medios) 1352 usuarios (16.31%). Los restantes 3428 usuarios (41.35%) no categorizados quedan provisoriamente en la categoría N1 (Ingresos altos) perdiendo así el subsidio por parte del Estado Nacional.

Según las resoluciones vigentes los usuarios categorizados N1 (Ingresos altos) recibirán aumentos graduales desde la próxima facturación, motivo por el cual, si aún no se registró en el RASE le sugerimos lo haga a la brevedad y es por ello que, ponemos a disposición nuestro personal para realizar las consultas necesarias.

Aquellos usuarios que no se registren o bien queden encuadrados dentro de la citada categoría, deberán afrontar incrementos considerables en la tarifa de energía dispuesto por el OCEBA (Organismo de Control de la Energía Eléctrica de Buenos Aires).


CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

LA CEM INFORMA

02/12/2021


✅ Informamos que en virtud de aumentar la seguridad en la operación de suministro eléctrico hacia las personas y bienes materiales, cuando se produzcan actuaciones en protecciones de acometida al usuario, el personal de esta Cooperativa realizará el corte de la protección del tablero principal y normalizará el servicio hasta la llave principal de corte, dejando esta en posición 𝗱𝗲𝘀𝗰𝗼𝗻𝗲𝗰𝘁𝗮𝗱𝗮 sino se encontrara en el lugar el titular, morador persona responsable del inmueble (cuando se trata de terrenos baldíos, chacras o donde se pueda acceder al tablero principal detrás del pilar).

✅ En domicilios y/o establecimientos donde no se pueda acceder a dicha protección, 𝗻𝗼 𝘀𝗲 𝗿𝗲𝘀𝘁𝗮𝗯𝗹𝗲𝗰𝗲𝗿𝗮́ el servicio hasta tanto y en cuanto no se encuentre alguien responsable morador del inmueble.

✅ Esto se basa en que, al haber actuado los fusibles de acometida, pudo deberse a una falla interna en la propiedad y la reposición del servicio por parte del personal de la Cooperativa podría generar un riesgo hacia las personas o bienes.

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#TrabajandoParaNuestrosSocios

LA CEM INFORMA

29/04/2020


CIRCULAR OCEBA N° 2/2020 - 15 de Abril de 2020:

La Cooperativa Eléctrica de Monte, comunica que a consecuencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno Nacional. Durante el mes de marzo no se pudieron tomar las lecturas de los medidores en usuarios residenciales (T1R) y comerciales (T1G).

Por ello, las facturas de vencimiento 15 de mayo para los usuarios residenciales (T1R), se procedió a facturar el consumo del mismo período del año anterior, acorde a lo enunciado por el OCEBA en la Circular 2/20, -Criterios de Facturación-

Respecto a los usuarios con tarifa T1G "Comercios" se facturó según el consumo estimado tomando como referencia la energía del mismo periodo del año anterior; en forma directa y proporcional a los días previos de la cuarentena al 50% , mientras que para los posteriores días de dictada la cuarentena al 20% sobre la misma base.

Al regularizarse el reparto de facturas y toma de mediciones se contaran con las lecturas reales , y se facturará ( o descontará) a los usuarios la diferencia entre la energía real y la estimada en los comprobantes de vencimiento 15 de junio.

Cooperativa Electrica de Monte LTDA


Descargar la Circular 2/2020 de OCEBA

Decreto Nacional 311/2020

06/04/2020


Se informa que la administración provincial adhirió así al decreto nacional 311/2020:

“Se establece que los prestadores de los servicios públicos de distribución de energía eléctrica y de agua potable y desagües cloacales en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, no podrán disponer la suspensión o el corte de los citados servicios, a los usuarios que indica el artículo 3°del Decreto Nacional N° 311/2020, en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020, incluyendo expresamente a los usuarios y las usuarias con aviso de corte en curso.”

El decreto busca evitar los cortes para beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo; de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el salario mínimo, y usuarios inscriptos en el régimen de monotributo social.

También beneficia a jubilados, pensionadas y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos; monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo y usuarios que perciben seguro de desempleo.

Tampoco se podrán cortar los servicios a los electrodependientes, usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares; exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

Los prestadores de servicios, además, deberán otorgar a los usuarios planes con facilidades de pago para cancelar las deudas que se generen durante el plazo de vigencia de esta medida, conforme las pautas que establezcan el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires y la Autoridad del Agua, de acuerdo con lo dispuesto.


Cooperativa Electrica de Monte LTDA


Descargar Decreto Nacional 311/2020

Bases y condiciones - "Al día con su factura"

30/12/2019


A continuación las bases y condiciones del sorteo:
“Sorteo Cooperativa Eléctrica de Monte Ltda.”

Punto 1. La Cooperativa Eléctrica de Monte Limitada en adelante la “C.E.M.”, ha organizado el sorteo “Al día con su factura” Versión 2019 / 2020 con el objeto de premiar a aquellos asociados que al vencimiento de la factura no poseen deuda vencida en el servicio de electricidad que presta la C.E.M.-
Punto 2. Podrán participar del sorteo: Personas humanas mayores de 18 años de edad o jurídicas, con domicilio legal en la República Argentina, que se encuentren en la zona previamente definida por el consejo de administración y cumplimenten el requisito señalado en el punto 1 de la presente.
Punto 3. No participarán en el sorteo, los socios que no se encuentren encuadrados en el punto 1 y 2, los empleados, ex empleados, asesores, personas contratadas por la C.E.M. a la fecha del sorteo, las instituciones públicas municipales, provinciales y nacionales sea cual fuere su encuadre tarifario y los miembros del Consejo de Administración de la C.E.M.-
Punto 4. Cada uno de los asociados de la C.E.M. participará del sorteo con el “número de suministro del servicio” que le haya asignado la institución y que figura en el recibo de facturación mensual que emite la entidad de referencia, el que se encuentra precediendo al nombre del titular del mismo.-
Punto 5. Se sortearan los siguientes premios: 5 órdenes de compra por $2000.- (pesos dos mil). El Premio será intransferible y no podrá ser canjeado por dinero en efectivo. El premio será entregado al ganador en la sede de la administración de la C.E.M., sito en Eva Perón N°365, en horario de atención al público.
Punto 6. El sorteo se realizará una vez finalizado el plazo de pago de facturas mediante sistema de sorteo virtual. El sorteo de referencia se realizará en las instalaciones de la C.E.M. sito en Eva Perón N°365, San Miguel del Monte, los ganadores deben estar dentro de los parámetros establecidos en los puntos 1 y 2 de las presentes bases y condiciones.
Punto 7. El beneficiario del Premio sorteado será informado por medio de los medios masivos de comunicación locales dentro de los 10 días posteriores a la realización del sorteo, teniendo el beneficiario un plazo de 10 días a partir su notificación para retirar el premio al que se haya hecho acreedor. Vencido el plazo el o los premios vacantes serán donados a una entidad de bien público de la ciudad de San Miguel del Monte.
Punto 8. La falta de presentación de los beneficiarios de los premios para retirar los mismos, en la forma y plazo establecido en los puntos precedentes hará perder a los Ganadores, automáticamente, el derecho a la asignación de los mismos.
Punto 9. El Organizador no otorga garantía de calidad, evicción, vicios ocultos, funcionamiento, ni ninguna otra con relación a los productos adquiridos, debiendo dirigirse cualquier reclamo a sus vendedores, fabricantes o importadores, ni será responsable de daños o perjuicios que sufrieren los ganadores o terceros, en sus personas o bienes, debido a/o en ocasión de la utilización del premio.
Punto 10. El Ganador autoriza al Organizador, como condición para la asignación del premio, a difundir sus datos personales, domicilios, imágenes y voces, en los medios y formas que la C.E.M. disponga, sin derecho a compensación alguna de ningún tipo.
Punto 11. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la promoción, los participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción del Juzgado de Paz Letrado de San Miguel del Monte, renunciando expresamente a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponder.
Punto 12. La participación en la promoción implica el conocimiento y la aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión vinculada con ellas, previa aprobación de la C.E.M.-
Punto 13. Estas Bases podrán ser consultadas en la página Web: www.coopmonte.com.ar.

Comunicado

18/12/2019


El Sector de Servicios Sociales de la Cooperativa Eléctrica de Monte Ltda. quiere hacer publicas las disculpas respecto al error comunicacional involuntario en relación al responso previsto para el día Martes 17 de Diciembre del corriente a las 10 hs.

Como corresponde vamos a arbitrar los medios necesarios para que la coordinación sea más ágil y efectiva.

Saluda atte .

Servicios Sociales CEM.

Gacetilla de prensa

10/07/2019


La Cooperativa Eléctrica de Monte comunica a la población que, habiéndose dado lugar a Reglamentaciones y Estatuto Social vigente, el Consejo de Administración en sesión del día lunes 8 de Julio de 2019; ha formalizado las dos listas propuestas para la renovación parcial del Consejo de Administración -cuatro consejeros titulares, cuatro consejeros suplentes, Sindico Titular y Sindico Suplente-.

lista verde
lista celeste


Consejo de Administración
Cooperativa Eléctrica de Monte Ltda.

Comunicado

23/04/2019


Señor asociado:

El 01 de Julio de 2019, entra en vigencia la Resolución 109/18 de la Autoridad de Control - OCEBA - que impide a las Distribuidoras Provinciales y Municipales, incorporar conceptos ajenos a la factura del Servicio Eléctrico. Por ello, los asociados adheridos a Servicios Sociales, comenzarán a recibir una factura independiente a la de electricidad por los conceptos de Sepelio y/o Cementerio.

Cooperativa Eléctrica de Monte Ltda.

Gacetilla de Prensa

12/03/2019


Señor asociado:

Si usted abonó su liquidación de deuda del servicio eléctrico del 18 al 22 de febrero de 2019 en centros de cobro externos a la C.E.M (Bapro, Pago Fácil, Rapipago, Cobro Expres, etc.), solicitamos tenga a bien, acercarse con su comprobante a nuestras oficinas de Eva Perón y López de 8 a 13 hs de lunes a viernes, a fin de dejar constancia del mismo, ya que el virus informática de semanas atrás, no permitió constatar el mismo.

Disculpe las molestias ocasionadas.


Cooperativa Eléctrica de Monte Ltda.